Facilidades para el dólar bolsa

El pasado martes comenzaron a regir nuevas medidas que relajan las restricciones en cuanto al parking o espera para la compra de dólar bolsa.
1- ¿Qué cambios introduce la nueva reglamentación?: La RG 878 de CNV establece que, a partir del 12/01, se reduce a un (1) día hábil el “parking” o espera para la compra de dólar bolsa, tanto para personas humanas como para personas jurídicas. En otras palabras, se reduce la cantidad de días hábiles del parking pasando de 3 días a 1 día.
2- ¿Cómo quedó establecida la normativa para venta de dólar bolsa?: La venta de dólar bolsa para personas humanas y personas jurídicas, desde septiembre 2020, puede llevarse a cabo sin necesidad de realizar parking, es decir, que se conoce el precio final o tipo de cambio de la operación en el mismo momento que se ejecuta la orden.
3- ¿Cuáles son los límites para la compra de dólar bolsa?: Las personas humanas y las personas jurídicas pueden acceder a la compra de dólar bolsa sin límite de monto, solamente cumpliendo con el parking o espera establecido por la normativa y firmando la declaración jurada solicitada por los organismos de contralor.
A modo de ejemplo, si una persona física cuenta con pesos, puede comprar bonos (generalmente AL30), luego espera un (1) día hábil con los bonos en su cuenta comitente, cumplido el plazo, vende los bonos en su modalidad dólares, para finalmente, hacerse de los billetes físicos por medio de una transferencia a su cuenta bancaria. El tipo de cambio con el que compró el dólar bolsa quedará definido por la división entre el precio de compra en pesos, y el precio de venta en dólares.
En resumen, está permitido comprar dólar bolsa de forma ilimitada, y partir de las modificaciones normativas de reducción del parking incluso puedo conocer el precio del tipo cambio de la operación en el mismo momento que se ejecuta la orden.