Historias EconomicasSan Juan

Impuestos en San Juan de Cuyo

Impuestos en San Juan de Cuyo
PorDra. Gladys Aballay Meglioli

El «almojarifazgo» fue un derecho de aduana percibido sobre el valor de las mercaderías introducidas o salidas del territorio, derecho que se pagaba por las mercaderías exportadas,  importadas, o que eran objeto de tráfico entre los puertos del reino, se apropió a lo que se pagaba por razón de entrada y salida al mar. Oficio y jurisdicción del almojarife.

En los registros documentales se relacionan con el puerto de Coquimbo, uno de los puertos más importantes de Chile, pero al depender Cuyo del Río de La Plata, el puerto fue Buenos Aires.

En España estos derechos se destacaban en puertos de Sevilla, Cádiz, Granada, Málaga, Cartagena, Murcia, pero el de Sevilla al cobrar renombre por su nexo con las Indias, como distintivo se le dio el renombre de «Almojarifazgo Mayor«, como se denomina frecuentemente en las leyes. Los ejemplos son precisos en la documentación consultada: «Año de 1779 Real Caja de San Juan. Cargo del Ramo de Almojarifazgo correspondiente al Año de 1779 que enteró en esta Real Caja de don. José Mariano Vera sobre el principal de Quinientos treinta y seis pesos seis reales que han incorporado cuarenta tercios de yerba con peso de doscientas ochenta y dos». «La carta de usted de 17 en que me cita haber recibido copia de otra que habla, sobre don Borda referente al derecho del 3 % de Almofarifazgo que este debió pagar en la entrada aquí, de cantidad de Azúcar que de su cuenta trajo de Lima y despachó a Buenos Aires con este cargo … y así usted no Ignore cosa alguna en orden a la cobranza de estos derechos en ella, de todas las entradas de efectos de Chile, por esa y demás destinos que se conduzcan, respecto deberse cobrar en esa caja dicho 3 % de Almofarifazgo, como en esta Matriz, Mendoza 20 de diciembre de 1780». «Gravamen equivalente al derecho de aduana que se percibió sobre el valor de las mercaderías introducidas o exportadas y los estancos del tabaco, la sal y los naipes,  no contaron en la práctica en Cuyo.

Comprendida la región de Cuyo dentro de la Capitanía de Chile y colindando con las gobernaciones de Tucumán y Río de la Plata su comercio exterior tributó el almojarifazgo y los estancos en Lima. “El derecho aduanero árabe denominado almojarifazgo que los musulmanes andaluces tenían establecido en Sevilla en 1248, al ser conquistada la ciudad por Fernando III, subsistió en Castilla regulado por Alfonso X, y lo implantó como derecho real para el comercio con América, la legislación de Indias.

En 1543 se gravaron todas las importaciones y exportaciones de Indias con el almojarifazgo del 3 %, calculado del valor de las mercaderías. Fueron excluidos del pago del mismo los prelados y clérigos de orden sacro que pasaren a las Indias, por lo que llevaren para atavío y mantenimiento de sus personas y casas”.

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