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Uruguay patea el tablero tributario: los cambios más importantes

Las modificaciones van desde nuevas condiciones para acceder al Tax Holiday hasta la creación de un impuesto para multinacionales.

Uruguay se caracterizó por ser un país que otorga grandes ventajas en el plano impositivo, que permitieron que muchas personas se transformaran en residentes fiscales uruguayos y que grandes multinacionales abrieran sedes en su territorio.

Sin embargo, el Presupuesto 2026 (que marcará los designios de ingresos y gastos de los próximos 5 años), pateó el tablero tributario y propuso una serie de cambios en los principales gravámenes.

Existen diferentes motivos que llevaron al Ejecutivo a proponer estas modificaciones. La que más peso tiene es el agujero fiscal que recibió la administración de Yamandú Orsi que, según las estimaciones oficiales, está en el orden del 4% del PBI.  

Las presiones de organismos internacionales -como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)- para convertir al país en un lugar seguro para realizar inversiones, también se suman a la lista.

En este escenario, El Economista dialogó con especialistas en tributación, que explicaron cuáles son los principales cambios que el Congreso uruguayo está por convertir en ley y que alcanzará tanto a grandes empresas como a los residentes fiscales.

Impuesto global

Uno de los grandes cambios que introduce el Presupuesto 2026-2030 está en línea con los estándares europeos, que buscan imponer un impuesto mínimo a las grandes compañías que operan a nivel global.

Tal como explicó Fernanda Laiún, socia de Laiún, Fernández Sabella & Smudt, la idea es que «las empresas multinacionales con presencia en Uruguay paguen un 15% de impuesto a las ganancias por las rentas generadas en ese país».

Alberto Mastandrea explicó que la creación del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico (IMCD) aplica a los grupos con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros en al menos 2 de los últimos 4 años.

Al respecto, el socio de BDO recordó que la propuesta -que ya recibió el visto bueno de Diputados- establece que «si la tasa efectiva en el país fuera inferior al 15%, se activaría un complemento a nivel doméstico».

El tributarista uruguayo Nicolás May aportó que el razonamiento que está detrás de esta medida se basa en la idea de que, sin importar el lugar en donde se ubiquen territorialmente las multinacionales, van a tener que pagar el 15 por ciento.

Por eso, el objetivo del Gobierno de Orsi es que «las que están instaladas en Uruguay abonen el impuesto en el país y que la casa matriz acredite ese pago para deducirlo del importe global que deberá afrontar».

Por otro lado, el socio de MXA planteó que se superó el conflicto que había generado la inclusión de empresas que están en la Zona Franca (hoy excluidas del pago de impuestos), pero que persiste el de algunas firmas (como las empresas de software) que tienen exoneraciones y que con la aprobación las perderían. 

Para Diego Fraga, socio de Expansion Business, la medida «técnicamente mejora la ‘equidad horizontal’, pero rompe la exención histórica sobre plusvalías offshore y obliga a planificar timing, documentar bases de costo y hacer calzar créditos cuando hay vehículos interpuestos (fondos, wrappers, trusts)».

Poda en el tax holiday

Posiblemente, uno de los cambios que más están analizando los tributaristas, es el que está relacionado con el Tax Holiday. Hoy, quienes accedan a la residencia fiscal uruguaya tienen múltiples beneficios.

Entre ellos, figura la posibilidad de evitar el pago del impuesto a la renta por 10 años, al que se le sumaría el año en el que obtiene la residencia fiscal uruguaya (10+1). También podían optar por pagar una alícuota del 7% a perpetuidad.

Pero eso se terminará. Al menos así lo manifestó Laiún, quien explicó que la propuesta que puede convertirse en ley próximamente propone un límite en el sistema de Tax Holiday para quienes hayan ingresado en el «Régimen de Impatriados».

A partir del 2026, habrá una sola alternativa y con requisitos: accederán al Tax Holiday quienes realicen una inversión de US$ 1.000.000 en inmuebles o US$ 100.000 anuales en fondos de innovación y tecnología por 10 años.

«Los únicos que podrán aprovechar los 10 años sin pagar el impuesto a la renta sin realizar inversión alguna serán los que accedan a la residencia fiscal uruguaya por permanencia (deben estar 183 días en Uruguay para obtenerla)», explicó May.

Por otro lado, sostuvo que también fija cambios para cuando termine el plazo del 10+1. Las tres opciones disponibles (tanto para los que ejercieron la opción hasta ahora, como para los que la ejerzan en el 2026) son:

  • Pagar la mitad de la tasa (6%) por cinco años, para lo que debe invertir en inmuebles US$ 500.000 o capitalizar fondos de inversión destinados a financiar proyectos productivos, actividades de investigación o innovación aplicables a la producción.
  • Optar por pagar un lump sum anual de US$ 300.000 durante 20 años (la cifra se reduce a US$ 200.000 para quienes accedieron a la residencia por días).
  • Entrar en el régimen general y abonar la alícuota del 12%.

Al respecto, Fraga aseguró que con los cambios, Uruguay seguirá siendo atractivo, «pero ya no es un ‘cheque en blanco’: requiere sustancia real (presencia/vida) y un onboarding prolijo (inversión, papeles, calendario)».

Más impuestos

En las modificaciones también se incluyen figuras que antes estaban fuera del alcance del gravamen a la renta. Al menos así lo explicó Mastandrea, al afirmar que «el proyecto de ley propone gravar rentas inmobiliarias y las ganancias de capital generadas en el exterior».

Para graficar la situación, May propuso el caso de un argentino que tiene una sociedad en el exterior (como ser Panamá, o en las Islas Vírgenes Británicas o una LLC en los Estados Unidos) cuyo activo principal es un inmueble en Punta del Este.

«La forma más óptima de vender ese inmueble, desde el punto de vista tributario en Uruguay, era vendiendo la sociedad, porque se consideraba una renta de fuente extranjera y no estaba alcanzada», indicó.

«Ahora lo que importa es el porcentaje o el monto de activos en Uruguay que tenga esa sociedad del exterior. Cuando tenga más del 50% de sus activos en el país o dichos activos superen un determinado importe, la venta de la sociedad quedará gravada por impuesto a la renta (12% en el caso de no residentes)», aclaró.

Secreto bancario en peligro

Otro de los puntos que llaman la atención es el relacionado con el secreto bancario, ya que la propuesta propone eliminar la exigencia de autorización judicial previa para levantarlo ante un pedido de la DGI uruguaya.

Mastandrea explicó que «se baraja como alternativa de negociación un esquema de ‘silencio positivo’ por el que, si se solicita la autorización y el juez no se expide en plazo, se entiende como concedida».

«Para residentes y estructuras con vida financiera en Uruguay, el mensaje es de mayor capacidad de fiscalización y tiempos más cortos de acceso a información por parte de la administración», añadió el socio de BDO.

Bonus track

Por último, Mastandrea sumó otro cambio que no es tributario en sí, pero claramente es estratégico, ya que está orientado a la atracción y retención de profesionales en disciplinas que consideran importantes para el país.

El socio de BDO recordó que Uruguay tuvo un régimen transitorio de atracción de talento (establecido en la Ley 20.191) para sectores intensivos en conocimiento que caducó en febrero de 2025.

«El proyecto reabre un canal similar para dependientes de empresas o instituciones científico-tecnológicas, de innovación o servicios globales con actividad regular en el país», señaló.

Y concluyó que «en términos de competitividad regional, el mensaje es claro: se preserva la vocación de polo de talento, pero armonizando con una base tributaria más amplia y predecible».

Habrá que ver ahora qué es lo que define la Cámara de Senadores uruguayos, que tendrá en su poder la decisión de avanzar con el proyecto tal cual lo aprobó Diputados o de realizar cambios. Pero algo queda claro: el volantazo está dado. 

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